Artículo comunicado. Oficio del 6 de Noviembre de 1812, en que el Cabildo expone a la Junta Gubernativa la escasez de trigos existente en la capital. Incluye Decreto de respuesta de la Junta, fechado el 7 de Noviembre de 1812

 

 

 

Oficio del Cabildo.


Excelentísimo Señor:


El juez de abastos ha hecho presente a este cuerpo la suma escasez de trigos y harinas que se advierte en la capital, de modo que están paradas varias panaderías, y que está el pueblo expuesto a quedarse sin pan dentro de quince días. El primer motivo de la falta del trigo procede necesariamente de la escasez de la cosecha, pero puede influir en gran parte el temor que tienen los arrieros de que se les aporraten las mulas.


Para remediar la falta de este alimento tan preciso, cree el Cabildo debe proponer a V.E. que si lo hallare por conveniente, mande publicar la inmunidad de las tropas conductoras de trigos y harinas, y juntamente la libertad de todo derecho real y municipal hasta concluir el año, porque no sea tan crecido el descuento que han de pedir a la Aduana los subastadores de alcabalas; y en caso que por estos dos medios no se consiga dentro de un término prudente el surtido que se necesita para el consumo, será preciso pensar en violentar la libertad sagrada del propietario, y obligarle a que no pueda conducir trigos para embarque, mientras el pueblo no esté abastecido. Si a V.E. agradece lo propuesto por este cuerpo, se ha de dignar mandar circular sus ordenes superiores en los partidos de Rancagua, Colchagua y Aconcagua, y ordenar a sus respectivos jueces que indaguen si acaso se han hecho acopios, o estancos de este abasto, para que sean castigados los monopolistas, como corresponde.


Dios guarde a V.E. muchos años. Sala Capitular de Santiago de Chile a 6 de Noviembre de 1812.


Excelentísimo señor.


Manuel de Barros.- Antonio de Hermida.- José María de Guzmán.-
Nicolás Matorras.-
 Tomás de Vicuña.- José Manuel Astorga.-
Isidoro Errázuriz.- Antonio José de Irisarri.


Excelentísima Junta Gubernativa del Reino.


Decreto.


Santiago, 7 de Noviembre de 1812.


Contéstese al Ilustre Cabildo que ha cesado la necesidad de las bestias de carga y carretas para las obras públicas, y por consiguiente el motivo que indica de la escasez de conductores de trigos. Que se hará la prevención que solicita a los Subdelegados, que indica para que velen sobre el monopolio de granos que recela, excusándose por ahora la minoración de derechos por los inconvenientes que producirá necesariamente, y comuníquese al Redactor de la Aurora, para que se publique.


Prado.- Portales.- Carrera.